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Ley de Colaboración Eficaz: ¿combate corrupción o promueve impunidad en Honduras?

*La Ley de Colaboración Eficaz, propuesta por la MACCIH en el gobierno de Juan Orlando Hernández, fue postergada hasta ahora; pero el camino a su aprobación todavía parece complicado.

**Partido Nacional no apoyará la ley si va orientada a “hacerle daño a un partido político o a cierto grupo de personas”, advirtió la diputada Tania Pinto.


Expediente Público

Por tercera vez desde 2017, el Congreso Nacional de Honduras tiene el cometido de aprobar la Ley de Colaboración Eficaz, una herramienta para la justicia penal negociada con la que se pretende luchar la contra la corrupción y la criminalidad organizada a través de la delación premiada.

La normativa, propuesta en 2016 por la Misión de Apoyo Contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras (MACCIH), se estrelló contra la muralla del Partido Nacional, que durante los periodos legislativos 2014-2018 y 2018-2022 dominó en el parlamento hondureño, ya sea con mayoría mecánica o, según sus opositores, con lo que en Honduras llaman el “tilín-tilín”, es decir, el soborno.

Pero la ley, que se encuentra en etapa de dictamen, no solo preocupa a quienes pueden verse afectados con ella, sino a quienes apuestan por su aprobación, ya que podría significar enormes retos para el sistema de justicia. Además, porque podría ser una medicina peor que la enfermedad.

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¿En qué consiste la ley?

La Ley de Colaboración Eficaz en Honduras, de ser aprobada, permitiría que una persona que haya participado en la comisión de un delito pueda tener una reducción o remisión total de la pena a cambio de información veraz y efectiva.

Esto es “que la información que va a dar el colaborador, va a ayudar para que en una investigación se pueda llegar a una persona de mayor jerarquía dentro de la estructura criminal”, dijo a Expediente Público Fátima Mena, vicepresidenta del Congreso Nacional y diputada por el Partido Salvador de Honduras.

Mena, una de las fundadoras del Frente Parlamentario de Apoyo a la Misión de Apoyo contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras (MACCIH) -OEA, presentó el 8 de febrero del 2022 el anteproyecto de Ley de Colaboración Eficaz, casi el mismo que había sido introducido en 2017 por esa agrupación a través del diputado Osman Aguilar (Partido Liberal) y que consta de 25 artículos.

Entonces fue creada una comisión especial multipartidaria de dictamen, siendo integrantes los diputados de Libre Jari Dixon y Rasel Tomé, Tania Pinto (Partido Nacional) y Tomás Ramírez (Partido Salvador de Honduras).

La comisión empezó a trabajar después que la Corte Suprema de Justicia les remitió el 16 de junio su opinión sobre el anteproyecto de ley.

“Fue una opinión favorable, pero la Corte hizo muchas recomendaciones casi en todos los artículos”, dijo a Expediente Público la diputada Pinto.

Según el proyecto de ley, el fiscal o el imputado en el proceso pueden solicitar los beneficios regulados en la normativa.

Si el fiscal considera que la información del delator ha contribuido a la investigación hará la solicitud al juez competente de la concesión de algunos beneficios y remitirá el acta de acuerdo de colaboración.

Votación dependerá de Redondo

Así, la lucha anticorrupción se enfila a través de los miembros de las estructuras criminales, quienes “terminan traicionándose, entonces necesitan tener beneficios”, dijo el 16 de agosto el vicepresidente del Congreso Nacional, Rasel Tomé, en una conferencia de prensa junto con otros miembros de la comisión dictaminadora.

Entre ellos Dixon, el presidente de la comisión, quien declaró que “esta va a ser una de las primeras leyes que se van a emitir en los próximos días o semanas”.

Cuando Expediente Público le consultó cuándo se someterá a votación, Dixon respondió que: “Someterlo a votación dependerá del presidente (del legislativo Luis Redondo)”.

Dijo también que “estamos por el (artículo) 16” de los 25 que contiene el anteproyecto.

De su lado, la diputada Pinto explicó que han revisado 18, pero que han surgido inquietudes y más recomendaciones que han obligado a retroceder a los primeros artículos “para hacer nuevas anotaciones y reformas a la redacción”.

Para Pinto, la ley “puede generar sentencias injustas”, lo cual “queremos evitar a toda costa”, por lo que se “tiene que dar la seguridad jurídica necesaria para evitar la vulneración de derechos”.

De hecho, expresó que en algunos países con una ley similar ya han habido injusticias y están “medio arrepentidos” de su implementación, por lo que insistió que “debemos de ser muy responsables como congresistas”.

Otra solicitud que están haciendo es que la delación “produzca dos o más medios probatorios (…) porque no solo con un simple testimonio se va a condenar a otro”.

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Tienen miedo

Para la diputada Fátima Mena, “si hay una herramienta que es eficaz en los sistemas de justicia son este tipo de leyes”.

Conocida como Ley del Arrepentido en Argentina y Colombia, la también denominada peyorativamente como “ley del sapo” ha sido determinante en casos como Lava Jato, considerada como la investigación de corrupción más importante en América Latina y que contó con la colaboración de políticos, empresarios, exfuncionarios públicos y lavadores de dinero.

Quienes en Honduras se oponen a su aprobación “representan intereses oscuros”, sostuvo Mena.

La ley “básicamente es una garantía” de que “se van a empezar a tocar a élites políticas, económicas, corruptas y a grandes capos de la droga y jefes y cabecillas de estructuras criminales del país”. Entonces, ”eso ha generado mucho temor en las estructuras criminales, desde el crimen organizado, narcotráfico, trata de personas, hasta aquellas redes criminales de delincuentes de cuello blanco”, añadió.

A criterio de la parlamentaria, esta ley es una de las principales herramientas con las que se debe dotar al sistema de justicia para que la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Honduras (CICIH) “pueda funcionar de forma exitosa”.

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Se pueden cometer abusos

De su lado, el jefe de la Unidad Fiscal Especializada contra Redes de Corrupción (Uferco), Luis Javier Santos, dijo a Expediente Público que toda ley lleva su riesgo y en la de Colaboración Eficaz es que personas sin escrúpulos “podrían abusar” de la misma.

Manifestó también su preocupación porque la ley no implique un procedimiento demasiado burocrático o carezca de claridad.

Mencionó para el caso tres decretos que forman parte del llamado pacto de impunidad, cuya derogación viene pidiendo al Congreso Nacional desde enero pasado, el 116-2019, 57-2020 y el 93-2021, los cuales sirven de obstáculo al distorsionar y hacer más complejos los procesos judiciales a través de interpretaciones jurídicas.

Santos consideró también que la ley debe garantizar los derechos de las personas que están colaborando con el Ministerio Público.

“Lo otro es la facultad que debe tener el Ministerio Público para poder decidir o para poder llevar el liderazgo en este tipo de negociaciones”, aunque consideró también necesaria la intervención del juez.

Remarcó también que el país centroamericano puede tener la mejor Ley de Colaboración Eficaz, pero si no hay una Dirección del Programa de Protección a Testigos fortalecida, simplemente va a quedar en papel.

Esa dirección es eficaz para aquellos testigos protegidos de delitos comunes, pero no en aquellos delitos de alto impacto, por lo que requieren de una flota de vehículos blindados, bienes inmuebles y personal con capacidad de reacción para sacar al beneficiado fuera del país si es necesario, según el jefe de la Uferco.

¿A quiénes no benefician?

Uno de los temas sobre los que no hay acuerdo en el proyecto de ley es sobre los delitos habilitantes para aplicar la colaboración eficaz.

El artículo 9 prohíbe que reciban el beneficio las personas procesadas o condenadas por los delitos de genocidio, femicidio, violación, violación especial, tortura y desaparición forzada. Así mismo, a los jefes, cabecillas o dirigentes principales de organizaciones delictivas.

En el borrador, la comisión de dictamen tachó la primera parte y dejó únicamente la relativa a jefes, cabecillos o dirigentes principales de organizaciones delictivas.

Ver: Borrador de la comisión de dictamen del anteproyecto Ley de Colaboración Eficaz

“Básicamente esa es una de las discusiones que se está teniendo ahorita, entonces eso es una de las cosas que se tiene que definir , dijo la diputada Mena.

¿Incluir todos los delitos?

Al respecto, el fiscal Santos amplió que “una persona puede venir ante el Ministerio Público denunciando un abuso de autoridad, pero ese abuso de autoridad puede dar origen a una gran red de corrupción”. Entonces “habría que ver cómo se determina al final por qué delitos es que van a tener beneficios los imputados”.

El anteproyecto que en 2019 presentó la MACCIH definía claramente el asunto en el artículo 4, con al menos 80 artículos contenidos en la Ley sobre uso indebido y tráfico ilícito de drogas y sustancias psicotrópicas, la Ley Especial contra el Lavado de Activos, la Ley contra el Financiamiento al Terrorismo, la Ley contra la trata de personas y el Código Penal.

“Ellos quieren todo tipo de delitos”, dijo la diputada Pinto, y recordó que “seguimos en discusión, seguimos en debate, seguimos aportando ideas”, y que un anteproyecto de ley pasa por varios cambios hasta su aprobación, ya sea que los haga la comisión de dictamen o el mismo pleno de diputados.

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Devolver lo robado…

Una de las condiciones de la colaboración eficaz es que el colaborador “devuelva los instrumentos, objetos, bienes, efectos, productos y/o ganancias del delito o garantice su reintegro de forma equivalente o proporcional a los actos cometidos”, según el artículo 5 inciso “c”.

A lo anterior, la comisión de dictamen le agregó “salvo el caso de imposibilidad comprobada”.

Al respecto, un fiscal del Ministerio Público que prefirió el anonimato dijo a Expediente Público que “la responsabilidad civil de recuperar el importe de lo robado es irrenunciable”, pero que “aquí nadie paga ni la pena, peor el dinero que se robó”.

Al consultarle a la diputada Pinto si ese apéndice podría beneficiar a delincuentes que utilizan sociedades offshore o testaferros para ocultar los bienes sustraídos por diferentes métodos, respondió que: “Sí, (…) se tiene que seguir en el análisis, pero lo que se ha analizado es que a veces va a ser imposible definitivamente”.

Continuó que “no solo hablemos de redes de corrupción o de lo robado, también hay otros delitos (…) hay diferentes escenarios (por lo) que no se puede dejar tan cerrado si en realidad se quiere que este colaborador quiera dar la información para llegar al cabecilla de esa red”.

La condición del Partido Nacional

La aprobación de la Ley de Colaboración Eficaz precisa tan solo de 65 votos, la mitad más uno de los 128 diputados, pero en un Congreso tan fraccionado, incluso en el seno de los mismos partidos, como es el caso de Libre (en el poder), ese número podría no estar garantizado. Y las bancadas necesitan de los votos del Partido Nacional o del Partido Liberal.

La diputada Pinto afirmó que su partido está de acuerdo con que esa normativa puede ser una herramienta para combatir y desarticular la criminalidad organizada y redes de corrupción, pero enfatizó que no la apoyarán “si esta ley no cuenta con las garantías y con los métodos que eviten a toda costa sentencias injustas”. Con ello, se refiere a que vaya orientada a “hacerle daño a un partido político o a cierto grupo de personas, y a que sea selectivo”.